Entradas

Mostrando entradas de 2024
¿Por qué el Ministerio Público no debe continuar gestionando el Sistema Penitenciario?  Por Jonathan Baró Gutiérrez Miembro del Ministerio Público En la República Dominicana, la administración del sistema penitenciario ha recaído históricamente en el Ministerio Público, no obstante, tanto la Constitución de la República como la Ley 133-11, Orgánica del Ministerio Público, contemplan una estructura de organización que permite la posibilidad de gestionar el sistema penitenciario a través de un organismo autónomo, distinto del Ministerio Público, siempre y cuando sea designado para tal fin. La Constitución establece que el sistema penitenciario puede ser administrado “bajo la dirección del Ministerio Público u otro organismo que a tal efecto se constituya” (Constitución de la República Dominicana, 2024, art. 169).  Por su parte, la Ley 133-11, establece claramente que el Ministerio Público debe enfocarse en su misión de persecución penal y en la defensa de los intereses de la soc...