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domingo, marzo 01, 2015

El rol del Ministerio Público frente al tráfico ilícito de migrantes y trata de personas: de la prevención a la persecución penal



El rol del Ministerio Público frente al tráfico ilícito de migrantes y trata de personas: de la prevención a la persecución penal

Entrevista realizada por Héctor Peña al Lic. Jonathan Baró, director de la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas de la República Dominicana.
25 de septiembre de 2014
Lic.jonathanbaro
Lic. Jonathan Baró Gutiérrez. Nació el 3 de julio de 1979 en Santo Domingo, República Dominicana. Es licenciado en Derecho cum laude de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y posee una especialidad en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario por la Escuela de Graduados en DD.HH. y D.I.H. las Fuerzas Armadas. Fue director del Departamento de Trata y Tráfico de Personas del Distrito Nacional y coordinador de las fiscalías barriales de la Zona Universitaria y del ensanche La Paz.
Es procurador fiscal del Distrito Nacional desde 2007, donde ha sido parte de los departamentos de Investigaciones y Falsificaciones, Investigaciones y Tráfico y Consumo de Drogas e Investigaciones de Crímenes y Delitos contra la Propiedad. Fundador y primer presidente de la Asociación Dominicana de Fiscales de Carrera (ADOFIC), autor del libro Ministerio Público y la persecución penal de trata y tráfico ilícito de personas en República Dominicana (2011) y coautor de El delito de la trata de personas(2013). Ha sido nominado en múltiples ocasiones al Premio Nacional de la Juventud y obtuvo el galardón en el año 2012, en el renglón “Aportes a los Derechos Humanos”. Fue reconocido por la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional en el primer lugar de la Competencia Interamericana de Derechos Humanos en el año 2002.
Héctor Peña (HP): Háblenos del origen de la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (PECTIMTP).
Jonathan Baró (JB): La PECTIMTP nace como una dependencia del Ministerio Público a partir de la promulgación de la ley orgánica de esta entidad, núm. 133-11, la cual faculta al Consejo Superior del Ministerio Público para crear tantas procuradurías especializadas como fuese necesario. El antecedente más inmediato fue en el año 2003, bajo la denominación de Departamento Contra Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, creado con la promulgación de la Ley núm. 137-03, que regula este delito, dado que era necesario crear un organismo que se encargara de perseguir estos tipos penales.
En el año 2005, el Departamento Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes se fusionó con el Departamento de Criminalidad y Casos Complejos dirigido por el magistrado Frank Soto, pero este departamento superó las expectativas debido a que existía cúmulo de trabajo en el Ministerio Público. Por eso, esa dependencia se enfocó más en la persecución de los casos sobre lavado de activos y los grandes casos de narcotráfico.
Sin embargo, la creación de las procuradurías especializadas tiene como principal fundamento hacer más eficiente, descentralizar y concentrar la persecución penal en manos de fiscales especializados en diferentes materias. Es por esto que a partir de febrero del año 2013, se creó el Departamento Contra Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, que más adelante se convirtió en una Procuraduría Especializada.
HP: ¿En qué medida podría contribuir la creación de esta dependencia del Ministerio Público a la disminución de la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes?
JB: Cuando se centraliza la persecución penal y se colocan fiscales especializados en diversas materias, se entiende que estos pueden colaborar con las demás fiscalías a nivel nacional. Con esto se puede crear una política de persecución en distintas materias, como es el caso particular de la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, a fin de que pueda contribuir en la disminución de este delito. Sin embargo, no podemos pensar que el mismo desaparecerá, pues este se encuentra estrechamente vinculado con las condiciones económicas y educativas de nuestro país, pero sí se puede contribuir a reducir la impunidad.
En ese sentido, la creación de esta dependencia ha disminuido la impunidad, debido a que en República Dominicana la mayoría de los casos sobre la trata de personas, que a mi juicio son los más difíciles, quedaban totalmente impunes, porque para llevar e investigar un caso acerca de este delito resulta necesario invertir muchos recursos y contar con un personal capacitado, sensibilizado y con vocación para la construcción de este tipo penal.
Sin embargo, su construcción resulta difícil por varios aspectos. En primer lugar se encuentra la víctima, que como en la violencia intrafamiliar, no se considera de esta manera hasta que no presenta la querella. Por esta razón resulta complicado brindarle protección. Pero, cuando se cuenta con un equipo técnico policial especializado como es el nuestro, que se encarga de la persecución y cuenta con el apoyo de otras instituciones investigativas, consideramos que es posible disminuir la impunidad. En el caso de República Dominicana lo hemos logrado, hecho que se comprueba en las estadísticas del último año de gestión.
HP: En el año 2006, la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) consideró que República Dominicana era un país de origen, tránsito y destino para la trata de personas. ¿Cuál de estas condiciones influye más en el desarrollo de este ilícito?
JB: Es necesario separar estas tres condiciones debido a que somos un país de origen, tránsito y destino, pero solo cuando nos referimos al tráfico ilícito de migrantes. De origen porque tiene muchas personas que intentan viajar de forma irregular hacia otros territorios, a través de la frontera con Haití, utilizando yolas o vías aéreas. De destino, porque tenemos personas que vienen de otros países de manera irregular, no solo haitianos, también hay cubanos, chinos y del Medio Oriente. De tránsito, porque utilizan nuestro territorio para llegar a otros lugares por la posición geográfica privilegiada que posee República Dominicana.
Sin embargo, cuando hablamos de trata de personas solo se cumplen dos condiciones: origen y destino. De origen, porque tenemos muchas personas que son víctimas en el exterior, y de destino, porque dentro de nuestro país también se da la trata; es decir, personas que han sido y son explotadas en nuestro territorio. Consideramos que no tenemos trata de personas en condición de tránsito, porque según las últimas investigaciones que hemos realizado nuestro territorio no se utiliza para que las personas sean llevadas a otros países.
HP: El delito de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas guarda relación con factores socioeconómicos, tales como el nivel de educación, pobreza y desempleo. ¿Cuál es el factor que más estimula la comisión estos delitos?
JB: Considero que la pobreza es el mayor causante de que la persona trate de salir de su país de forma irregular y se exponga al tráfico ilícito de migrantes, en el sentido de que si la persona está estable y posee un buen trabajo no se vería motivado a dejar su territorio. Incluso, de cada 10 víctimas que se cuestionan, se observa que nueve dicen querer regresar a su país de origen, pero se encuentran con la realidad de que no tienen las condiciones para hacerlo.
En cuanto a la trata de personas considero que son dos los factores que más inciden. El primero es el dinero y el segundo, la demanda. El dinero, porque es una industria que produce alrededor de treinta y dos mil millones (32,000.000.000) de dólares al año y aquí el crimen organizado está explotando a los seres humanos. Y la demanda, porque muchos empleadores requieren a escala internacional mano de obra irregular para trabajar en minas. Es el caso de países como la República del Congo y la India, lugares en donde aún existe el sistema de la esclavitud y la servidumbre.
Además, en el caso del narcotráfico tenemos datos de dominicanos que fueron secuestrados por pandillas como Los Zetas en el desarrollo de viajes irregulares y en ocasión al cruce de la frontera entre Guatemala y México, con miras a dirigirse hacia Estados Unidos de América. Esta organización criminal los apresa y obliga a transportar drogas hacia Estados Unidos bajo la amenaza de perder sus vidas.
Asimismo, tenemos la demanda a nivel sexual de muchos clientes, los cuales requieren de mujeres, niños y adolescentes para utilizarlos con fines de explotación, como en Tailandia, donde niñas de siete años o menores son vendidas y obligadas a tener relaciones sexuales. Hemos contactado a dominicanas que han sido vendidas y que cuando pueden retornar al país vienen derrotadas, sin dinero y con el estigma de que son unas prostitutas. Esto provoca que esas víctimas tengan temor de denunciar a la persona que la contactó para evitar alguna represalia contra ella o sus familiares.
HP: El Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA, por sus siglas en inglés) indicó que en el año 2010 la Armada de República Dominicana (para entonces Marina de Guerra) interceptó 49 embarcaciones vinculadas al tráfico ilícito de migrantes, cifra que aumentó a 63 en 2012. ¿Qué políticas está llevando a cabo la PECTIMTP para reducir los viajes ilegales desde República Dominicana?
JB: Lo primero que hemos hecho desde mayo de 2013, momento en que asumimos el cargo, fue establecer alianzas con la Armada Dominicana en materia investigativa. En el último año hemos obtenido cuatro condenas contra capitanes de esa institución y actualmente tenemos más de 60 casos de capitanes de viajes ilegales que están bajo prisión preventiva. Se han decomisado vehículos acuáticos (yolas) y otros vehículos que son utilizados para el transporte de personas de forma irregular.
El trabajo de la PECTIMTP con la Armada ha dado un resultado muy auspicioso, en el sentido de que cada vez que tenemos un caso lo hemos considerado como tal. No es sencillamente un operativo, sino que utilizamos todos los medios posibles con los cuales cuenta la Armada y nuestro equipo a través de la vigilancia continua. Por esto, esta procuraduría tiene un fiscal asignado en la Armada para el tráfico ilícito de migrantes, pues hubo un momento en que no tuvimos ninguna sentencia sobre este tipo de delito, debido a que algunos fiscales tenían limitaciones por la falta de formación y no sabían cómo completar un caso por la desconfianza que posiblemente el mismo oficial tenía y en otros casos, por la falta de comunicación que tenían las demás instituciones investigativas con el Ministerio Público como órgano rector.
En consecuencia, cuando se prepara un caso el fiscal es quien tiene la dirección funcional de la investigación, al cual no lo sorprenden con un caso, sino que lleva la línea de investigación y dirección para los oficiales. Luego, el caso debe ser remitido a la fiscalía, para que ésta los tramite junto al fiscal que inició la investigación. Inclusive, recientemente se apresó a la persona que organizó el viaje irregular donde perdieron la vida seis nacionales haitianos en Boca Chica. Dicha persona se considera como uno de los mejores organizadores de viajes ilegales a escala nacional y nunca se había podido apresar, pero gracias a una investigación realizada paso a paso, se pudo concretar su captura y someterlo a la justicia.
HP: El primer informe de gestión de la PECTIMTP reportó 103 casos de violación a la Ley núm. 137-03 y relacionados con la misma. El 58 % de estos delitos fue por tráfico ilícito de migrantes. ¿De qué forma la PECTIMTP busca reducir estas cifras?
JB: El Ministerio Público tiene un rol activo en la persecución penal, pero es competencia de la Armada proteger las costas. Sin embargo, debemos destacar que de los ciento tres (103) casos, hay algunos que fueron mediante transporte terrestre por la frontera y dicha protección le corresponde al Cuerpo Especializado de Seguridad Fronteriza Terrestre (CESFRONT) y al Ejército de República Dominicana. En esos casos el Ministerio Público no actúa directamente, pero sí contribuye a que luego que se apresen a los responsables, esos casos no queden impunes, sino que se proceda a incautar los vehículos y someter a los acusados.
Para ello, es necesario el trabajo en conjunto de todos los organismos investigativos, debido a que no podemos dejar que la Armada únicamente sea la responsable de perseguir a las personas que intentan transitar de forma irregular y debo destacar que el noventa 90 % de los casos corresponde a nacionales haitianos. Esto quiere decir que si entraron de forma irregular, lo hicieron por la frontera, por tal razón, la prevención debe comenzar en ese margen que nos divide con Haití a nivel de la vigilancia. Y si podemos parar el flujo de los inmigrantes irregulares, es posible que la Armada tenga menos trabajo. Por tal situación es necesario invertir más recursos para la protección mediante aire, mar y tierra.
HP: En su libro El delito de trata de personas se establece que “aun cuando la víctima exprese voluntad de ser tratada, esa circunstancia no exime la responsabilidad penal del agente”, y por esto algunos negocios han sido clausurados y muchas víctimas rescatadas. ¿Con qué mecanismos cuenta la PECTIMTP para saber dónde pueden existir víctimas de este ilícito?
JB: La PECTIMTP cuenta con una línea gratuita mediante la cual los ciudadanos pueden hacer su denuncia de estos delitos. El número es (809) 200-7393, luego, procedemos a depurar la información enviando un equipo que pueda confirmar los hechos. En caso que se pueda comprobar el ilícito, se procede a apresar a los responsables para someterlos a la justicia. Debo resaltar que igual procedimiento estamos realizando en los casos de proxenetismo.
Una de las medidas que ha dispuesto el procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, ha sido que una vez se comience un caso contra el proxeneta, subsidiariamente se le impute a la persona por lavado de activos, porque uno de los delitos precedentes al blanqueo de capitales lo constituye el proxenetismo. De esta forma es posible incautarle el dinero y afectar lo más importante para un delincuente, ya que en la cárcel él puede cumplir varios años, pero quitándole el dinero afectamos sus bienes.
Otra medida dispuesta por el procurador es que cuando son personas extranjeras, se proceda a la deportación y se les impida la entrada a nuestro país. Esto es más común en las zonas turísticas, donde algunos extranjeros han mercadeado al Estado dominicano como un paraíso sexual mediante catálogos en paquetes turísticos y por Internet. Por esto estamos tratando de deportar a este tipo de personas inmediatamente del país.
HP: Algunas víctimas reportaron que el sistema de captación para la explotación sexual fue mediante algunos recursos tecnológicos, es decir, páginas para hacer amistades mediante Internet y otros medios. ¿Observa la PECTIMTP estos recursos como medida de prevención?
JB: Debemos destacar que no es solo por la línea telefónica que investigamos. La PECTIMTP ha implementado el método de pro-actividad y por esto no esperamos que los casos lleguen a nuestras oficinas, tratamos de buscarlos, ya que solo el 1 % de las víctimas reporta que fue abusada mediante la trata de personas. Es decir, es improbable reducir el delito si no utilizamos otros medios. Es por esto que tenemos un personal investigativo que se encarga de verificar los clasificados de los periódicos nacionales y anuncios por las redes sociales, y de existir una mínima sospecha procedemos a investigar más a fondo.
HP: Luego del procedimiento de la denuncia, el operativo y la posible captura de todos los responsables de este delito, ¿cómo se protege a la víctima?
JB: Lo más importante para la PECTIMTP es la víctima, por esto, desde el año 2007 contamos con un sistema un poco desconocido en el Ministerio Público: el llamado Sistema de Protección a Víctimas y Testigos. En el mismo, tenemos varios afectados por trata de personas que reciben mensualmente la colaboración del Ministerio Público y se les brinda un seguimiento psicológico. Además, contamos con una representante legal experta en el tema que acompaña a las víctimas en los tribunales, debido a que está más sensibilizada y la persona perjudicada no tiene que invertir en gastos legales.
De igual forma, existe otra persona que le da seguimiento continuo a la víctima para confirmar si tiene algún tipo de amenaza en este tipo de casos, debido a que debemos recordar que este tipo penal es mucho más complejo porque la víctima está afectada, con deudas y sin trabajo. También, dependiendo del caso, tratamos de implementar procedimientos abreviados contra los responsables, para así obtener mayor celeridad en los procesos, como fue el caso de unos empleados de un restaurante chino que habían golpeado a una joven de 20 años que fue tratada desde China hacia República Dominicana mediante varias escalas.
Estos empleados recibían órdenes de los propietarios del negocio, quienes habían acordado con la víctima traerla desde China para emplearla bajo la promesa de que tenía que pagarles una deuda que ellos asumieron por traerla, la cual oscilaba entre los dieciocho mil dólares ($18,000.00 USD) y que debía pagarlos en un periodo mínimo de tres años trabajando de lunes a domingo, mucho más de 16 horas por día. Los abusos contra la joven incrementaron cuando notaron que no era muy ágil en la labor y comenzaron a golpearla; le retuvieron sus documentos, solo le permitían beber agua una vez al día e ingerir los restos que dejaban los clientes.
Sin embargo, debe observarse que en el caso los empleados por el hecho de verse influenciados por la propietaria y comprobarse su participación en los malos tratos, resultó necesario aplicarles un procedimiento abreviado. En esta ocasión se les condenó a un año de prisión y en el caso de la señora, se aplicó un método un tanto desconocido: el procedimiento penal abreviado parcial, que no pasa por la etapa preliminar, sino que el Ministerio Público dirige directamente la investigación, apodera al Tribunal Colegiado y este conoce de la audiencia sin perder tiempo. La víctima fue llevada a un hogar de paso, donde la atendieron durante cierto tiempo y luego se le tomó el anticipo de prueba, que por su condición de vulnerabilidad y de víctima de trata de personas se hace para no re victimizarla ni llevarla a las audiencias.
A la propietaria se le conoció el acuerdo la semana del 14 de julio de 2014 y fue condenada a cinco años de prisión. Además, pudimos marcar un precedente a escala regional de acuerdo con algunos expertos consultados: la víctima fue indemnizada por treinta mil dólares ($30,000.00 USD).
Así logramos proteger a la víctima de ambas formas, tanto con la condena para los acusados y una indemnización. Además, mediante una solicitud a la Dirección General de Migración, se convirtió en la primera víctima que recibe un carnet de residencia temporal por su situación. La joven actualmente está reinsertada en el mercado laboral de nuestro país. Esto se consideró un precedente porque este caso duró tan solo ocho meses y concluyó todas las etapas del procedimiento.
HP: El caso particular de la República Libanesa debe preocupar a las autoridades por las facilidades de acceso, ya que para viajar a este país desde República Dominicana no es necesaria una visa porque no contamos con una embajada en dicho territorio. ¿Este tipo de facilidades han sido tomadas en cuenta para reducir la trata de migrantes?
JB: El Líbano es de las zonas donde más dificultades tenemos, porque no contamos con una representación diplomática, ni ellos tienen una representación en nuestro país, solo había un cónsul honorario. Pero nosotros no podemos violar el derecho al libre tránsito que tiene un ciudadano dominicano, por esto, estamos recaudando algunos fondos para una campaña en la que cuando se capte un ciudadano dominicano que se dirija al Líbano, se le coloque antes de su salida un vídeo de tres minutos donde se le explique las posibilidades de ser víctima de trata de personas, el mismo contará con un número telefónico donde podrán reportar su situación para brindarle ayuda.
Esto es para evitar que se repita otro caso como el que pasó en el mismo Líbano, en el que cuatro mujeres fueron secuestradas, dos hacia Siria por 18 días, y dos hacia Turquía. Estas víctimas lo pierden todo, hipotecan sus casas para invertir en el viaje, pero vienen con las manos vacías. No obstante, hay otros negocios que son peores, en los cuales les pagan todos los gastos del viaje y cuando llegan a su lugar de destino, regularmente el Medio Oriente, le son retenidos los documentos y son obligadas a pagar la deuda que tienen, además de la comida, el hospedaje y cualquier gasto que considere el tratante.
Pero debo destacar que también se producen abusos por trabajo forzado, donde hay jóvenes dominicanos de ambos sexos, universitarios y de clase media, que son captados en nuestro país y luego enviaos hacia Medio Oriente, donde son sometidos a más de 16 horas de trabajo diario. Tenemos algunos casos identificados y bajo investigación.
Existe otro factor, el cual pude expresar en una reunión con representantes de los países de Asia, El Caribe, las islas del Pacífico y la Unión Europea. En la misma indiqué que es más fácil que a una dominicana le concedan la visa a Europa solo con un contrato de trabajo donde se establezca que será bailarina, que a una persona que sea profesional y que pruebe que va a realizar un trabajo relacionado con su profesión, ya que en los países europeos las mujeres no se dedican a ese tipo de actividades. Es por esto que proceden a captar en estos países más pobres a personas que tienen burdeles y así obtienen esa mano de obra donde luego son explotadas.
El último factor a considerar es que en algunas islas del Caribe la prostitución es legal, como es el caso de Curazao y San Martín, donde solo basta que la persona te envié un contrato que por lo regular es de tres meses y es renovable hasta seis meses.
HP: Existen diversos sectores en los cuales la trata de personas puede decir presente, tales como la industria de la construcción y la agricultura, en las que por lo general la mano de obra es cubierta por nacionales haitianos. ¿Cómo opera la PECTIMTP para confirmar que en estas ocupaciones no se está cometiendo ese delito?
JB: Esto lo hemos conversado con el Ministerio de Trabajo, que es la institución que debe supervisar este tipo de casos, pero debo destacar que en estas situaciones se puede dar más la explotación laboral y no el trabajo forzado. En cuanto a la primera, debe observarse que le puede suceder tanto a dominicanos como a extranjeros. Regularmente ocurre que se te ofrece una remuneración y al momento de que el empleador debe pagar solo entrega un 40 % de lo acordado. Esto debe suceder durante cierto tiempo para que se considere explotación.
Además, es necesario algún tipo de constreñimiento y dolo en perjuicio del trabajador; pero esta persona tiene libertad de movimiento, por lo que es considerado solo como un incumplimiento contractual. En cambio, a la víctima de trabajo forzado se le infringen todos sus derechos y se encuentra en una situación de vulnerabilidad, debido a que no tiene documentos, no habla el idioma, es obligado a una larga jornada de trabajo y no tiene remuneración a cambio de su trabajo. Por esto, es un gran reto que tiene el MT en vigilar estas situaciones.
HP: En los últimos 10 años solo se obtuvieron seis sentencias condenatorias en materia de trata de personas; sin embargo, no existía esta entidad especializada creada en mayo de 2013. ¿Ha sido más efectiva la prevención y represión de estos ilícitos que en los años anteriores?
JB: Debo resaltar que esas seis sentencias solo son referentes al delito de trata de personas. En cambio, en el tráfico ilícito de migrantes anualmente logramos alrededor de tres sentencias, debido a que la dinámica para completar un caso de tráfico ilícito de migrantes es más difícil que para trata de personas.
La Ley núm. 137-03 es muy severa y tendría que ser modificada, no para disminuir la pena, sino para establecer la proporcionalidad del delito, debido a que si una persona transporta de forma irregular a otra en la frontera, esta ley dice que lo mínimo que le debe ser impuesto son 10 años de prisión y esto es desproporcional. Considero que debe establecerse una escala, por ejemplo, de dos a veinte años.