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viernes, diciembre 23, 2011

Comunicación enviada por algunos Procuradores Fiscales del Distrito al Procurador General de la República

23 de Diciembre de 2011
Santo Domingo, D. N.


Al
Dr. Radhames Jiménez Peña,
Procurador General de la República.
Sus manos.


Honorable señor Procurador, luego de un cordial y respetuoso saludo, nos dirigimos a usted en su calidad de máximo representante del Ministerio Público y digno director de esta institución, con la finalidad de exponer de manera breve y sucinta algunas consideraciones jurídicas respecto de la situación en la que se encuentra la Fiscalía del Distrito Nacional a raíz de la designación del honorable Magistrado Alejandro Moscoso Segarra como miembro de la Suprema Corte de Justicia, y consecuentemente la producción de una vacante en la titularidad de dicha fiscalía. En primer término, según la ley orgánica del Ministerio Público No.133-11 existen dos posibilidades para llenar dicho cargo, encargando interinamente a un procurador fiscal de carrera del lugar donde se ha producido la vacante, o promoviendo a dicho cargo a un procurador fiscal de carrera que concurse internamente al mismo.

La interinidad se encuentra establecida en el articulo 38 de la ley precitada, específicamente en el numeral 13, como una de las funciones del Procurador General de Corte de Apelación titular, el cual textualmente establece que: Corresponde al Procurador General de Corte de Apelación Titular, en el espacio regional que le ha sido asignado:(…)13. Encargar interinamente, en coordinación con el Director General de Carrera, la dirección de una fiscalía a uno de los procuradores fiscales de su región o ámbito especializado, conforme al escalafón, para suplir la ausencia del que la dirige, de todo lo cual dará informe inmediato al Procurador General de la República, el cual podrá confirmar o modificar esta decisión;”. Como se observa, el texto legal establece claramente que esta decisión se encuentra sujeta a la confirmación o modificación de vos, Procurador General de la República.

En el caso de la promoción al cargo de Procurador Fiscal Titular, según la misma ley, sería designado por el Consejo Superior del Ministerio Público por un período de cuatro años un miembro de carrera, conforme al escalafón y el concurso interno correspondiente. Esto se encuentra en los artículos 41 y 47 numeral 16, donde se establece la figura del titular, su forma de designación y el periodo de tiempo de su designación, así como las funciones del Consejo respecto de esta situación, los cuales rezan de la manera siguiente:

Artículo 41.- Procurador Fiscal Titular. Las fiscalías se integran por un equipo de procuradores fiscales y fiscalizadores que estarán dirigidos por un Procurador Fiscal designado como Titular, conforme al escalafón, por el Consejo Superior del Ministerio Público por un período de cuatro años. Su mandato podrá ser reconfirmado por un segundo y único período consecutivo previa evaluación de desempeño.

Artículo 47.- Funciones. Las funciones del Consejo Superior del Ministerio Público son las siguientes:(…)
16. Disponer el ascenso de los miembros de la carrera del Ministerio Público conforme al escalafón y los concursos internos cuando corresponda;”

Respecto de la designación de los titulares mediante concursos internos reconocemos que  usted ha impulsado esta forma transparente e idónea de designación de las posiciones de gerencia de las fiscalías, incluso desde antes de la entrada en vigencia de la actual ley orgánica que nos regula. Al día de hoy existen ocho fiscalías cuyos titulares fueron designados bajo concurso, Santiago, La Vega, Samaná, Monseñor Nouel, San Francisco de Macorís, Hermanas Mirabal, Las Matas de Farfán y Sánchez Ramírez, las cuales se destacan por los resultados obtenidos en la gestión de sus casos y el servicio a los ciudadanos.

Nos sentimos sumamente confiados en que la decisión respecto de la Fiscalía del Distrito Nacional será tomada en apego a la ley, y en respaldo al sistema de carrera que existe al día de hoy gracias a su voluntad institucional y la historia del Ministerio Público en la República Dominicana le tendrá un lugar privilegiado por sus acciones, y nosotros los fiscales tendremos el gran reto de hacer el trabajo y brindar los resultados que el pueblo espera.