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miércoles, agosto 26, 2026

 

¿Vale la pena ser titular en el Ministerio Público?

Jonathan Baró Gutiérrez

Procurador general de Corte de Apelación

Cada vez que se anuncia un concurso para ocupar una titularidad en el Ministerio Público, surge la misma conversación. Se habla de ascenso, reconocimiento y oportunidad de dirigir. Quien ha pasado años entre turnos, audiencias, traslados y casos difíciles puede sentir que llegó el momento de asumir una responsabilidad mayor. Del precio del cargo casi nadie habla con igual franqueza. Antes de reunir certificados en la Escuela Nacional del Ministerio Público y otras instituciones académicas, conviene responder una pregunta personal: ¿de verdad vale la pena?

No planteo la pregunta desde la distancia. He ocupado titularidades en distintas etapas de mi carrera y sé cuánto cambia la imagen del puesto al sentarse en esa silla. El despacho se hace más amplio y la carga crece con él. Las relaciones cambian. El compañero que ayer hablaba con confianza quizá hoy mida sus palabras porque una conversación sencilla puede interpretarse como una instrucción. Uno deja de responder solo por sus casos y comienza a cargar con errores ajenos, actuaciones tardías y asuntos que nunca le fueron comunicados.

A algunos puede llamarles la atención pertenecer de manera fija a la fuerza de tarea, participar en investigaciones de gran impacto y estar con frecuencia en la palestra pública. La exposición atrae y puede producir una sensación de reconocimiento o cercanía con el poder. Pero esa exposición viene acompañada de una responsabilidad mayúscula. Detrás de cada aparición pública hay víctimas que esperan respuestas, personas investigadas, familias angustiadas y casos donde una decisión apresurada puede cambiar para siempre la vida de alguien. Esa parte nunca sale en las fotografías.

La Ley núm. 133-11 y el régimen de carrera del Ministerio Público dejan claro que no estamos ante un título honorífico. Las titularidades se ejercen durante cuatro años y pueden ser reconfirmadas para un segundo y único período consecutivo, previa evaluación de desempeño. Esto comprende las procuradurías regionales y especializadas, las fiscalías y las oficinas del abogado del Estado. Ese marco normativo apenas permite asomarse a la dimensión real del trabajo. Dirigir investigaciones, cuidar la cadena de custodia, proteger a víctimas y testigos, coordinar equipos y administrar recursos limitados son obligaciones cotidianas. El titular termina resolviendo fallas en el aire acondicionado, falta de vehículos, turnos difíciles y conflictos que crecen en silencio.

El cargo se paga fuera de la oficina con un teléfono encendido día y noche. Fugas, arrestos delicados, denuncias contra fiscales o casos que estallan en redes sociales no esperan al lunes. La familia se acostumbra a los planes suspendidos y a esa frase tan repetida: «Tengo que resolver algo». El cansancio acaba convirtiéndose en irritabilidad. El sueño se hace ligero y la mente continúa revisando problemas después de llegar a la casa.

Dirigir tiene una cuota de soledad. Quien era compañero pasa a distribuir trabajo, corregir errores, evaluar y negar vacaciones. Exigir puede valerle el calificativo de autoritario; escuchar o conceder puede verse como falta de carácter.

Hay días en que se sale del despacho con la impresión de haber disgustado a todo el mundo. Conocer bien el derecho no basta. La titularidad exige paciencia, capacidad para delegar e idoneidad ética. Un examen técnico mide conocimientos, pero no revela qué hará alguien cuando tenga poder para asignar casos, informar faltas o incidir en la carrera de otros.

Sería injusto hablar solo de sacrificios. Una titularidad permite organizar mejor un despacho, acompañar a fiscales jóvenes, enfrentar presiones indebidas y desterrar prácticas que nadie se atrevió a revisar. Recuerdo la satisfacción de varios colegas al expresar: «He entregado una dependencia más humana que cuando la recibí». Esa posibilidad desaparece si todo se reduce al salario, los incentivos, la visibilidad o la oportunidad de saldar viejas diferencias. La titularidad no es un premio por antigüedad. Es un encargo temporal que exige servir, rendir cuentas y asumir decisiones que no siempre producirán aplausos.

La palabra «temporal» merece tomarse en serio desde el primer día. Concluir una gestión o no ser reconfirmado no borra la trayectoria de nadie. El problema comienza cuando el cargo se confunde con la identidad personal y dejarlo se vive como una derrota. Hay mérito en entregar con serenidad y facilitar la transición.

jueves, agosto 06, 2026

 

Wander Franco y los límites del castigo social

Autor: Jonathan Baró Gutiérrez

Miembro del Ministerio Público

El caso de Wander Franco abre una discusión incómoda. A mi juicio, los hechos acreditados durante el proceso revelan que participó conscientemente en una dinámica de naturaleza sexual y económica con una persona menor de edad. La gravedad de esa conducta, sin embargo, no convierte en justa una exclusión social que se prolongue durante toda su vida.

Franco no fue declarado inocente. El Tribunal Colegiado Ad Hoc del Distrito Judicial de Puerto Plata lo declaró responsable de abuso sexual y psicológico, aunque le concedió el perdón judicial y lo eximió de una pena de prisión. Existe, por tanto, una declaración de responsabilidad penal, aun cuando la calificación jurídica escogida por el tribunal pueda ser discutida.

La decisión todavía no es definitiva. El Ministerio Público recurrió el perdón judicial y habrá que examinar si esa solución responde a la gravedad de los hechos y a las condiciones establecidas por la legislación procesal.

Su juventud, fama y fortuna no anulaban la capacidad de comprender lo que hacía. La aprobación de la madre carecía de eficacia para legitimar la relación, porque ninguna persona puede disponer de la indemnidad sexual de una adolescente. El conocimiento de la edad y la decisión de mantener el vínculo sostienen el reproche penal.

Los hechos y pruebas aportados en el caso, desde mi punto de vista, se encuadran en el delito de explotación sexual comercial y no únicamente como abuso sexual. El artículo 410 de la Ley núm. 136-03 sanciona la utilización de niños, niñas o adolescentes en actividades sexuales a cambio de dinero, favores en especie o cualquier otra forma de remuneración. Durante el proceso se presentaron transferencias bancarias, pagos mensuales, entregas de dinero, un vehículo y otros beneficios vinculados con la relación.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia estableció, en una decisión del 28 de junio de 2019, que la configuración del tipo penal no depende de quién reciba la remuneración. Puede obtenerla directamente la víctima, un familiar o un tercero. El elemento determinante es la existencia de una actividad sexual con una persona menor de edad relacionada con una contraprestación.

Una parte importante de lo probado se ajusta a ese criterio. La adolescente manifestó que se sintió utilizada como instrumento económico dentro de su propia familia. Una relación que comienza sin pagos puede adquirir otra naturaleza si su continuidad, tolerancia o encubrimiento terminan dependiendo del dinero. Esta interpretación no favorece a Franco; reconoce con mayor rigor el componente comercial que rodeó los hechos.

La víctima debe permanecer en el centro del análisis. Su vida es mucho más que los mensajes, las fotografías, los exámenes y las transferencias incorporados como pruebas. La sentencia describe un ambiente familiar disfuncional, vínculos débiles, ansiedad, estrés y sexualización temprana. Todo aquello pudo afectar su desarrollo emocional, sus estudios y la construcción de su proyecto de vida.

Sus experiencias anteriores no disminuían la responsabilidad del adulto. Una adolescente conserva la protección legal, aunque hubiera tenido otras parejas, mostrara una aparente madurez o incurriera en contradicciones. El machismo acostumbra a desviar la mirada hacia la menor de edad: pregunta por qué aceptó regalos, con quién había estado o cuál fue su comportamiento. El examen debía concentrarse en la actuación del adulto, en lo que sabía y en las razones por las cuales decidió continuar.

Esa forma de pensar no apareció con Wander Franco. Durante décadas, la sociedad dominicana normalizó relaciones desiguales entre hombres adultos y adolescentes. Hasta enero de 2021 permaneció vigente la posibilidad del matrimonio infantil mediante dispensas y excepciones. La Ley núm. 1-21 eliminó esa práctica y dispuso que ninguna persona menor de dieciocho años puede casarse.

Ese pasado ayuda a comprender por qué durante tanto tiempo se llamó «noviazgo» a relaciones marcadas por el abuso de poder. La explicación cultural no disminuye la responsabilidad individual. Franco actuó mal y tendrá que vivir con las consecuencias, pero la condena social tampoco debería convertirse en una sentencia perpetua.

La doble moral que rodea al béisbol dominicano forma parte de esta discusión. Un dirigente involucrado en la muerte de su esposa en 1982 continuó ejerciendo una enorme influencia y llegó a presidir durante más de dos décadas la principal liga profesional del país. Recibió reconocimientos y mantuvo una posición destacada. Otro conocido pelotero fue declarado culpable de homicidio involuntario por la muerte de una mujer en 1973, recibió una multa de cien pesos y siguió jugando durante varias temporadas.

Estos antecedentes muestran que la severidad social no siempre responde a criterios coherentes. Personas condenadas por corrupción, desfalco, narcotráfico y otras infracciones graves han regresado a sus profesiones después de cumplir las consecuencias impuestas. En el caso de Franco, algunas voces reclaman una exclusión definitiva, como si cualquier comportamiento posterior careciera de importancia.

Franco estaba llamado a convertirse en una figura de época. Los Rays de Tampa Bay le concedieron un contrato de once años por 182 millones de dólares garantizados, con la posibilidad de alcanzar los 223 millones. Su carrera en las Grandes Ligas, sus ingresos, su prestigio y oportunidades difíciles de repetir quedaron destruidos o seriamente comprometidos.

Esas pérdidas pueden considerarse consecuencias naturales de sus propias decisiones. No sustituyen la respuesta judicial ni reducen el daño sufrido por la víctima. Demuestran, eso sí, que el proceso ya produjo efectos personales y profesionales que probablemente lo acompañarán durante muchos años.

La Constitución rechaza que el castigo tenga una finalidad puramente excluyente. Al orientar la pena hacia la reeducación y la reinserción social, impide que la respuesta estatal aparte definitivamente al responsable de la comunidad. La sentencia conocida no dispuso una inhabilitación profesional que le impida regresar al terreno.

Franco conserva el derecho a procurar trabajo y reconstruir su vida. Ese derecho no le garantiza un regreso automático al béisbol organizado. Su equipo en la República Dominicana y los demás integrantes de la liga pueden decidir conforme a sus reglamentos, responsabilidades e intereses. El béisbol profesional funciona como una industria privada y sus organizaciones conservan facultades propias.

Un eventual regreso no tendría que celebrarse como si nada hubiera ocurrido. Podría servir como advertencia para los jóvenes atletas: el talento, la fama y el dinero no colocan a nadie por encima de la ley. Una decisión puede derrumbar en pocos días una carrera levantada durante años.

La segunda oportunidad tendría que estar acompañada de responsabilidad, orientación especializada, abandono de patrones machistas y pruebas concretas de cambio. Nada de esto puede hacer olvidar que la víctima también necesita empezar de nuevo, continuar sus estudios y recibir el acompañamiento necesario para superar las consecuencias de lo ocurrido.

El castigo no debe acompañar a una persona como una condena sin término. Franco tendrá que asumir lo ocurrido y demostrar, no mediante palabras, sino con su comportamiento, que es capaz de cambiar. La justicia pierde parte de su sentido cuando, después de sancionar, solo sabe cerrar todas las puertas.

Referencias bibliográficas y documentales

  • Constitución de la República Dominicana. (2024). Artículo 40, numeral 16.
  • República Dominicana. (2003). Ley núm. 136-03, Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes. Artículos 25, 396, 409 y 410.
  • República Dominicana. (2025). Ley núm. 97-25, que instituye el Código Procesal Penal.
  • República Dominicana. (2021). Ley núm. 1-21, que prohíbe el matrimonio de personas menores de dieciocho años.
  • Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala. Sentencia núm. 8, caso Loveall James Willis Jr., 28 de junio de 2019, Boletín Judicial núm. 1303, pp. 710-718.
  • Tribunal Colegiado Ad Hoc de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata. Sentencia penal núm. 272-02-2026-SSEN-00149, expediente núm. 2034-2024-EPEN-00003, 25 de mayo de 2026.

lunes, junio 29, 2026

 

El relevo también es mérito

Por Jonathan Baró Gutiérrez
Procurador general de Corte de Apelación

«Puedes conseguir cualquier cosa en la vida, siempre y cuando no te importe quién se lleve el mérito», se atribuye a Harry Truman. La frase parece sencilla, pero contiene una profundidad incómoda para quienes hemos ocupado responsabilidades públicas durante muchos años. En el servicio institucional, sobre todo dentro del Ministerio Público, no siempre resulta fácil aceptar que el mérito y el reconocimiento no pertenecen únicamente a quien firma, dirige, autoriza o aparece en la fotografía. Muchas veces el verdadero valor está en construir, formar, acompañar y, llegado el momento, permitir que otros continúen.

La reciente convocatoria a concurso interno para cubrir treinta y ocho plazas de titularidades vencidas en fiscalías, procuradurías regionales, procuradurías especializadas y abogados del Estado abre una conversación necesaria dentro del Ministerio Público.

Durante los próximos meses, algunos colegas que han ocupado titularidades durante años podrían concluir su ciclo al frente de esas dependencias. Al mismo tiempo, quienes hoy ejercen esas funciones de manera interina tendrán la posibilidad de participar en el concurso, acreditar su trayectoria y, si resultan favorecidos, ser designados formalmente como titulares. Ese movimiento es natural en una institución de carrera. Lo anormal sería pensar que una posición directiva puede convertirse en prolongación indefinida de la identidad personal de quien la ocupa.

En más de una ocasión, algunos han llegado a interpretar un ascenso en la carrera como una forma de agravio o desplazamiento, cuando en realidad ocurre todo lo contrario: constituye un reconocimiento. Esa lectura suele aparecer cuando no estamos preparados para dejar una titularidad, asumir que una etapa concluyó o enfrentar nuevos retos desde otra posición. El Ministerio Público no gana fortaleza con cargos eternizados, sino mediante reglas que funcionan, una carrera respetada, méritos evaluados con seriedad, relevos asumidos sin trauma y servidores capaces de salir de una responsabilidad con serenidad, sin sentir que pierden su dignidad, su historia o su valor institucional.

Dirigir fiscalías, procuradurías regionales, procuradurías especializadas u oficinas de abogados del Estado implica una carga enorme. No se administra una estructura cualquiera. Se toman decisiones sobre investigaciones, víctimas, imputados, bienes, medidas urgentes, equipos humanos, coordinación interinstitucional, prioridades de persecución penal y respuestas frente a conflictos sociales complejos.

Quien ocupa una posición de autoridad suele convencerse, muchas veces con razón, de que actúa en favor de la institución. El problema empieza cuando pasan los años y, entre decisiones, autorizaciones, reuniones, equipos, choferes, asistentes, llamadas y reconocimientos, la persona comienza a confundir el rol desempeñado con su propia identidad. Todo eso puede ser legítimo mientras se entienda como servicio. La dificultad surge si el despacho deja de verse como responsabilidad temporal y se convierte en una forma de sentirse indispensable.

Recomiendo especialmente el trabajo de David Owen y Jonathan Davidson, cuyo título puede traducirse como Síndrome de hubris: ¿un trastorno adquirido de la personalidad? Estudio de presidentes de Estados Unidos y primeros ministros del Reino Unido durante los últimos 100 años (2009), breve pero sustancioso, porque permite aprender de los errores cometidos por grandes líderes en el ejercicio del poder. El concepto griego de hubris alude a la desmesura, al exceso, a esa soberbia que lleva a una persona a perder conciencia de sus propios límites.

Esa noción también puede ayudar a mirar, con prudencia, algunas dinámicas internas del servicio público. No para diagnosticar a nadie ni convertir una reflexión institucional en juicio personal, sino para advertir los riesgos que aparecen cuando la autoridad se prolonga demasiado, los controles se relajan, el entorno deja de contradecir y el reconocimiento constante termina alimentando una idea equivocada de indispensabilidad.

Ahí aparece el riesgo más silencioso del poder prolongado: convertir la experiencia en derecho adquirido; el sacrificio, en propiedad; el liderazgo, en permanencia; y el conocimiento institucional, en infalibilidad. Nadie debería ser disminuido por haber dirigido durante años. La institución debe reconocer ese trabajo, aprovechar la experiencia acumulada y preservar la memoria de quienes han entregado buena parte de su vida al Ministerio Público, sin que ese reconocimiento se convierta en permanencia indefinida ni cierre el paso al crecimiento de otros.

Hay colegas que, después de muchos años en una titularidad, pueden sentir la salida como una derrota. No siempre por soberbia. A veces por apego genuino al trabajo, sentido de responsabilidad, temor a que se pierda lo construido o por la dificultad humana de desprenderse de una rutina que durante largo tiempo organizó la vida completa. No se abandona únicamente un despacho: también queda atrás una forma de ser visto, la llamada constante, la consulta diaria y esa reunión donde todos esperan la palabra final. Esa pérdida pesa más de lo que muchos admiten.

Freud (1917), en Duelo y melancolía, explica que, ante la pérdida de un objeto amado, la energía afectiva puede replegarse sobre el yo, produciendo una identificación con aquello perdido; de ese modo, perder el objeto puede transformarse en pérdida del propio yo. No es difícil entenderlo: cuando el servicio desempeñado ocupa demasiado espacio en la vida, salir de él se siente casi como renunciar a una parte de uno mismo. Aparece esa imagen dura, pero real, de extitulares tratados como piezas valiosas, con historia y prestigio, aunque la institución no siempre sabe dónde colocarlas.

Por eso el relevo no debe manejarse como castigo. Quien sale de una titularidad no deja de ser Ministerio Público. Tampoco pierde su carrera ni la historia construida. Puede seguir aportando en áreas investigativas, consultivas y docentes, así como en labores de asesoría técnica, mentoría, formación de nuevos fiscales, preservación de la memoria institucional o participación en comisiones especializadas. La entidad necesita aprender a retirar responsabilidades de mando sin desechar personas valiosas.

Pero también quienes han dirigido deben aprender a soltar sin resentimiento. Hay una grandeza especial en entregar una función sin sabotear al sucesor, descalificar el proceso, alimentar nostalgia destructiva o convertir la salida en tragedia personal. El verdadero liderazgo no se mide únicamente por lo realizado mientras se ocupó el cargo, sino por la forma en que se permite que la institución continúe después.

El mérito, entonces, no consiste solo en ganar un concurso; también se expresa en aceptar sus resultados. Supone prepararse, competir con dignidad, reconocer al colega que resulte favorecido y entender que el Ministerio Público es más grande que cualquier despacho. Implica no aferrarse, haber formado a alguien capaz de sustituirnos, dejar una dependencia mejor de cómo fue recibida y no necesitar que todos los aplausos lleven nuestro nombre.

La convocatoria de estas treinta y ocho plazas debe verse como una oportunidad para oxigenar la institución. En algunas dependencias habrá continuidad; en otras, relevo. En ciertos espacios se confirmará la capacidad de quienes ejercen funciones interinas; en otros se abrirá paso a servidores con trayectoria, formación y nuevas ideas. Eso es saludable. Una organización cerrada sobre las mismas figuras durante demasiado tiempo corre el riesgo de volverse predecible, rígida y dependiente de liderazgos individuales.

Por esa razón, conviene formular una invitación franca a todos los miembros de carrera, incluidos los más jóvenes: participen. No dejen al rumor, al desaliento ni a la frase repetida de pasillo arrebatarles el derecho a competir. Siempre aparecerán voces anunciando plazas con dueño, ausencia de posibilidades reales, falta de oportunidad o procesos definidos antes de iniciar. Sin embargo, la única vía legítima para evaluar, cuestionar o defender una convocatoria consiste en someterse a sus reglas, ejercer los derechos reconocidos por el sistema y mantener presencia activa en los espacios donde se decide el futuro institucional.

 

Partir de la sospecha como regla sería desconocer la responsabilidad histórica que pesa sobre quienes tienen a su cargo la conducción del proceso, desde el Consejo Superior del Ministerio Público, la Dirección General de Carrera y la Dirección General de Persecución. No existen razones serias para asumir que una convocatoria de esta naturaleza nacerá viciada. Al contrario, debe recibirse como una oportunidad para fortalecer la carrera, abrir espacios, renovar liderazgos y demostrar que el mérito puede abrirse camino sin pedir permiso al rumor.

El Ministerio Público necesita titulares de carácter, humildad, firmeza sin arrogancia, experiencia sin desprecio por quienes vienen detrás y autoridad sin confundir respeto con obediencia ciega. La persecución penal moderna exige liderazgo técnico, inteligencia emocional, dominio jurídico, sensibilidad humana, capacidad de gestión, manejo de crisis, comprensión tecnológica y disposición permanente al aprendizaje. Ya no basta haber estado mucho tiempo. El tiempo suma, pero no sustituye la evaluación.

Dejar el ego en la puerta, como sugiere aquella reflexión atribuida a Truman, es quizás una de las tareas más difíciles para cualquier servidor público. Resulta difícil aceptar que otros pueden hacerlo bien. También exige comprender que la institución no se derrumba porque uno no esté, y mirar el escritorio con la serenidad de quien sabe que nunca fue suyo, sino apenas una responsabilidad ocupada por un tramo. Pero ahí reside una forma superior de madurez institucional: servir sin apropiarse, dirigir sin adueñarse, construir sin exigir culto personal y marcharse sin romper lo que se ayudó a levantar.

El Ministerio Público dominicano tiene por delante una oportunidad importante. Si este proceso se conduce con seriedad, puede fortalecer la carrera, renovar liderazgos y enviar un mensaje claro: las funciones directivas son temporales, evaluables y sujetas al mérito. Dejar de ser titular no disminuye el valor de un servidor, así como ganar una posición tampoco lo convierte automáticamente en mejor miembro de la institución. Lo importante será que cada designación responda al interés institucional, no a presiones, simpatías o nostalgias.

Al final, el poder siempre debe recordarnos su condición pasajera. Hoy se dirige; mañana se acompaña. En un momento se firma; luego corresponde a otro asumir esa responsabilidad. Ahora se recibe el reconocimiento; después toca aplaudir desde una silla distinta. Esa alternancia no empobrece la carrera, la dignifica. Porque una institución verdaderamente fuerte no depende de que una persona permanezca, sino de que muchas estén preparadas para servir cuando les corresponda.

El relevo también es mérito. Al final, ningún cargo supera el valor de un buen ejemplo. Quien comprende eso a tiempo no se marcha disminuido: permanece como referencia.

 

 

Referencias bibliográficas

Freud, S. (1917). Duelo y melancolía.

Owen, D., & Davidson, J. (2009). Hubris syndrome: An acquired personality disorder? A study of US presidents and UK prime ministers over the last 100 years. Brain, 132, 1396-1406. https://doi.org/10.1093/brain/awp008

 

jueves, junio 18, 2026

 Ocupar el cargo de fiscal no es un concurso de belleza

Por: Jonathan Baró Gutiérrez

Procurador general de Corte de Apelación

Cuando una persona decide ingresar al Ministerio Público, pocas veces imagina cómo esa decisión terminará transformando cada aspecto de su vida. Al principio, todo parece girar alrededor del derecho, la investigación criminal, los tribunales y la vocación de servicio. Con el paso de los años se descubre que ocupar el cargo de fiscal es mucho más que ejercer una profesión. Es asumir una forma de vida que inevitablemente termina ocupando espacios que antes pertenecían a la familia, a los amigos, al descanso y, en ocasiones, a la propia salud.

Después de casi dos décadas en el Ministerio Público, he conocido fiscales extraordinarios. Hombres y mujeres que han dedicado buena parte de su vida a perseguir el delito, proteger víctimas y defender el interés público. He visto colegas dedicar noches enteras a investigaciones complejas, acudir a escenas traumáticas sin importar la hora y enfrentar presiones que difícilmente podrían comprender quienes observan el sistema de justicia desde fuera. También he sido testigo del costo silencioso que esa entrega suele tener en sus vidas personales. Muchos servidores públicos admirables cargan consigo historias de agotamiento, sacrificios familiares y renuncias que rara vez trascienden más allá de los pasillos de una fiscalía.

La sociedad suele observar al fiscal desde una perspectiva limitada. Lo ve durante una audiencia, en una entrevista o cuando algún caso de relevancia nacional ocupa los titulares de la prensa. Desde fuera, pareciera que su trabajo se limita a presentar acusaciones, solicitar medidas de coerción o participar en juicios. Sin embargo, gran parte de esa labor ocurre lejos de los tribunales. Transcurre en madrugadas interrumpidas por llamadas urgentes, en fines de semana que dejan de pertenecer a la familia para convertirse en jornadas de servicio, en vacaciones suspendidas por una investigación inesperada y en largas horas de análisis de casos complejos que exigen respuestas inmediatas. Es un trabajo silencioso que rara vez ocupa titulares, pero que consume tiempo, energía y tranquilidad en una proporción que pocos alcanzan a imaginar.

Pocas profesiones mantienen un contacto tan directo con el sufrimiento humano. Quien ejerce como fiscal escucha relatos que la mayoría de las personas preferiría no conocer jamás: niños víctimas de abuso sexual, mujeres atrapadas en ciclos de violencia, familias destruidas por un homicidio, personas desaparecidas o padres que buscan desesperadamente respuestas ante una tragedia. Con el tiempo, esas historias dejan de ser simples casos y pasan a formar parte de la memoria de quien las investiga.

Aunque la investigación concluya y el proceso termine, hay situaciones que permanecen. Hay rostros que se recuerdan durante años y escenas que regresan inesperadamente cuando se intenta descansar. Hemos sido formados para investigar, acusar y procurar justicia, pero rara vez recibimos herramientas para manejar el impacto emocional que produce convivir diariamente con el dolor ajeno.

La magnitud de ese impacto suele comprenderse mejor cuando se escucha a quienes han vivido esa experiencia. Hace algún tiempo, un amigo fiscal que durante años trabajó en el rescate y protección de víctimas me confesó algo que nunca he olvidado. Después de dedicar gran parte de su carrera a investigar casos especialmente sensibles, me dijo que prefería renunciar antes que volver a desempeñar funciones relacionadas con esa área. No hablaba de cansancio físico ni de exceso de trabajo. Hablaba de algo más profundo. Me explicó que el desgaste mental y psicológico había sido tan intenso que todavía, años después, seguía teniendo pesadillas con algunos de los casos que investigó. Había rostros, historias y escenas que se negaban a desaparecer de su memoria. Aquella conversación me hizo comprender que algunas heridas no dejan marcas visibles, pero pueden acompañar a una persona durante mucho tiempo.

La experiencia de mi colega no es excepcional. Cada vez más investigaciones confirman que la exposición constante al sufrimiento humano, la violencia y los acontecimientos traumáticos puede generar consecuencias emocionales duraderas en quienes tienen la responsabilidad de investigarlos. Mientras las víctimas reciben la atención y el acompañamiento que merecen, pocas veces se reflexiona sobre el impacto psicológico que estas experiencias producen en quienes deben escucharlas, documentarlas y procurar justicia.

En más de una ocasión he escuchado a compañeros admitir que algunos casos los acompañan durante años, incluso después de haber concluido judicialmente. No quedan únicamente en la memoria como hechos o detalles de una investigación. Son experiencias que dejan huellas emocionales profundas y que, en ocasiones, reaparecen en momentos inesperados. Quienes trabajan durante largos períodos con víctimas de violencia, explotación sexual, pornografía infantil o muertes violentas suelen cargar un peso que no figura en las estadísticas institucionales, pero que forma parte de la realidad cotidiana de la profesión.

La evidencia científica ha comenzado a dar nombre a este fenómeno. Durante años se pensó que el agotamiento profesional era un problema exclusivo del personal médico o docente. Hoy sabemos que los operadores de justicia forman parte de los grupos más vulnerables. Un estudio publicado en la Revista Peruana de Medicina Experimental y Salud Pública, titulado «Burnout y calidad de vida profesional en operadores de justicia que atienden violencia familiar», encontró niveles significativos de desgaste profesional y una afectación importante de la calidad de vida de quienes desempeñan estas funciones.

La preocupación también ha alcanzado el ámbito internacional. El informe «Bienestar Mental en la Profesión Jurídica: Un Estudio Global», elaborado por la International Bar Association, advierte que la salud mental constituye uno de los principales desafíos de jueces, fiscales y abogados. Entre los factores identificados figuran las jornadas excesivas, la presión constante, la exposición permanente a conflictos humanos y la dificultad para mantener un equilibrio razonable entre la vida profesional y la personal.

Aunque estos estudios fueron realizados fuera del país, describen situaciones conocidas por numerosos miembros del Ministerio Público dominicano. Basta recorrer una fiscalía o conversar con quienes llevan años en la institución para advertir que el agotamiento emocional no es una hipótesis académica, sino una experiencia que muchos conocen de primera mano. La trayectoria de numerosos fiscales está marcada por sacrificios que rara vez aparecen en los informes institucionales. Hay quienes han visto pasar la infancia de sus hijos entre audiencias y allanamientos; quienes han debido cancelar vacaciones planificadas durante meses por una investigación urgente; y quienes han aprendido a convivir con la incertidumbre de no saber a qué hora terminará realmente su jornada.

La familia también experimenta los efectos de esta forma de vida. Aprende a convivir con llamadas inesperadas durante la cena, con salidas apresuradas en la madrugada y con la imposibilidad de planificar muchas actividades con absoluta certeza. Los hijos, las parejas y los padres terminan comprendiendo que detrás de cada emergencia institucional existe una ausencia que alguien deberá asumir en el hogar. Son sacrificios que rara vez se contabilizan, pero que forman parte del costo humano que implica sostener la persecución penal en una sociedad cada vez más compleja.

El impacto de esta dinámica no siempre se manifiesta de inmediato. A veces aparece gradualmente en la dificultad para desconectarse del trabajo, en la sensación permanente de estar disponible, en el cansancio acumulado o en la percepción de que la vida personal ha quedado subordinada a las exigencias del servicio.

Existe además una dimensión silenciosa de este problema. Con frecuencia se cree que el fiscal está bien porque sigue compareciendo a las audiencias, dirige investigaciones y mantiene la misma apariencia de firmeza de siempre, pero las apariencias suelen ser engañosas. No son pocos los que han aprendido a esconder el agotamiento detrás de una sonrisa profesional, a disimular las preocupaciones para no inquietar a sus familias o a cargar en silencio tristezas que consideran incompatibles con la imagen de fortaleza que el cargo les impone. Como sucede con muchas personas que dedican su vida al servicio de los demás, terminan convirtiéndose en expertos en ocultar sus propias heridas mientras continúan atendiendo las ajenas.

A ello se suma un elemento particularmente difícil de explicar a quienes observan la labor fiscal desde fuera. El fiscal vive permanentemente sometido al juicio de los demás. Cuando solicita prisión preventiva, algunos entienden que actúa con exceso de rigor; si considera que las pruebas no son suficientes para acusar, otros lo califican de complaciente o cómplice. Investigar a una persona influyente suele generar cuestionamientos, pero abstenerse de hacerlo también provoca críticas. Tomar decisiones que inevitablemente producirán inconformidad forma parte de la rutina diaria de esta profesión.

Esa presión termina pasando factura. El síndrome de burnout suele manifestarse mediante agotamiento físico, trastornos del sueño, ansiedad, irritabilidad, dificultades de concentración y una sensación permanente de cansancio. En muchos casos aparecen problemas de salud asociados al estrés crónico, incluyendo hipertensión arterial, trastornos gastrointestinales y episodios depresivos. Lo más preocupante es que estos síntomas suelen normalizarse. Muchos continúan trabajando porque entienden que el servicio no puede detenerse, aun cuando su bienestar personal se encuentre seriamente comprometido.

Paradójicamente, quienes tienen la responsabilidad de proteger derechos fundamentales suelen descuidar los propios. Mientras dedican enormes esfuerzos a garantizar la protección de víctimas, testigos y usuarios del sistema de justicia, con frecuencia postergan consultas médicas, renuncian a espacios de descanso o sacrifican tiempo que legítimamente pertenece a sus seres queridos.

Por esa razón, el debate sobre la salud mental dentro del Ministerio Público ya no puede seguir siendo postergado. No se trata de una cuestión de comodidad laboral ni de una reivindicación de las asociaciones. Se trata de reconocer una realidad humana que existe detrás de la función. Un sistema de justicia sólido necesita profesionales preparados, independientes y técnicamente competentes, pero también personas emocionalmente saludables capaces de sostener durante años una labor tan exigente como la persecución penal.

Ocupar el cargo de fiscal no es un concurso de belleza. No se trata de agradar, de buscar reconocimiento ni de acumular popularidad. Es asumir decisiones difíciles, soportar críticas y cargar responsabilidades que pocas personas estarían dispuestas a aceptar. Cada caso que llega a una fiscalía involucra víctimas, familias y conflictos profundamente humanos. También hay mujeres y hombres que, pese al cansancio, la presión y las renuncias personales que impone la profesión, continúan adelante porque entienden que la justicia no puede esperar.

En cada caso que llega a los tribunales existe una víctima que espera una respuesta del sistema. Pero detrás de cada fiscal también existe una persona que intenta cumplir esa misión sin dejar de ser padre, madre, esposo, esposa, hijo o hija. Durante demasiado tiempo hemos hablado de la fortaleza de las instituciones sin detenernos a pensar en la fortaleza de quienes las sostienen.

Comprender esa realidad no constituye un acto de benevolencia ni una concesión administrativa. Es reconocer que proteger la salud mental de quienes procuran justicia es una condición indispensable para que nuestro sistema de justicia conserve su sensibilidad, su equilibrio y su dimensión humana.

Porque en cada audiencia, en cada investigación y en cada decisión difícil participa un ser humano que también carga sus propias batallas. Y es precisamente por eso que ocupar el cargo de fiscal no es un concurso de belleza.

 

martes, abril 07, 2026

 

No somos todos

Cuando la conducta individual no puede convertirse en condena colectiva
Por Jonathan Baró Gutiérrez

Miembro del Ministerio Público

En los últimos días, el debate público ha vuelto a colocarse sobre una línea conocida: la tendencia a convertir un hecho individual en una conclusión colectiva. Basta una conducta reprochable para que la sospecha se extienda sin matices y termine alcanzando a toda una institución. Ese reflejo, comprensible en lo emocional, resulta profundamente injusto. El Ministerio Público no es una entelequia ni un bloque uniforme; está integrado por más de mil servidores públicos que, cada día, sostienen la tarea de investigar, acusar y proteger víctimas con responsabilidad. Más de mil trayectorias distintas, más de mil historias que rara vez encuentran espacio en los titulares. Y, sin embargo, cuando uno falla, pareciera que todos quedan bajo el mismo juicio.

Sostenerlo no implica indulgencia. Quien incurra en un delito o en una falta disciplinaria debe ser investigado y sancionado con rigor, sin privilegios ni concesiones, pero siempre dentro del marco del debido proceso, porque la legalidad no puede defenderse al margen de la ley. Conviene decirlo sin rodeos: cuando un servidor público delinque, no estamos ante un error; la corrupción es una decisión consciente, fruto del dolo, incompatible con la función que se ejerce.

Hace pocos días, un abogado visitó mi despacho. Había sido fiscal en la década de los 2000, de los más respetados de su generación. En medio de la conversación, compartió una reflexión que resulta difícil ignorar: decidió abandonar la institución porque sus aspiraciones personales vinculadas a un estilo de vida determinado no eran compatibles con la función que desempeñaba. La afirmación no juzga; explica. ¿Puede un fiscal aspirar a una vida cómoda? Por supuesto. Nadie está llamado a la precariedad como requisito ético.

La mayoría de quienes integran el Ministerio Público proviene de entornos donde el progreso ha sido fruto del esfuerzo, y en ese contexto la acumulación de grandes riquezas no es lo habitual. Existen realidades distintas, sustentadas en ingresos legítimos o dinámicas familiares, que explican niveles de vida diferentes. Eso es válido. Lo que no lo es, es pretender sostener un estilo de vida que no guarda relación con los ingresos lícitos. Ahí comienza la ruptura. Por eso el mensaje es claro, aunque incómodo: el Ministerio Público no es un espacio para enriquecerse. Es una función de servicio. Quien no pueda convivir con esa realidad, lo que debe es tomar otro camino.

Lo más sencillo es hacer leña del árbol caído. Cuando un fiscal comete un delito o incurre en una falta disciplinaria, la vergüenza y la pena suelen confundirse, porque quienes asumen la función con rectitud y sienten la institución como propia no permanecen indiferentes ante ese tipo de hechos.

Algunos oportunistas aprovechan cualquier circunstancia para pescar en río revuelto y pretenden colocar a todos los fiscales dentro de un mismo saco. Se equivocan. No somos todos.

Preocupa la facilidad con la que algunos reclaman sanciones ejemplares desde una supuesta superioridad moral, levantando discursos de pureza que no siempre resisten el escrutinio. En los juicios que se libran en las redes sociales, pocas personas salen ilesas. Las redes no son un tribunal; son, muchas veces, la expresión inmediata del subconsciente colectivo, y este es, por naturaleza, irracional. Ahí no hay debido proceso, no hay matices, ni espacio para la prudencia.

Cuando la institución actúa frente a uno de sus miembros y, contando con elementos de prueba, lo somete a la justicia en procura de una sanción ejemplar, no muestra debilidad; demuestra fortaleza y reafirma que la ley no se negocia. Una actuación incorrecta tiene un efecto desproporcionado: opaca el trabajo de muchos, desplaza lo correcto y amplifica lo negativo. Es la lógica de nuestro tiempo.

No significa que dentro del Ministerio Público existan deidades superiores que puedan enrostrar virtudes éticas o morales. Sin embargo, la integridad, la credibilidad, la rectitud y una hoja limpia de escándalos valen más que cualquier riqueza mal habida. Cada actuación debe estar guiada por esos principios, con la conciencia de que siempre hay una familia, amigos y una sociedad que observan. No existe mayor recompensa que ser reconocido como una persona honesta, justa, competente, empática y, sobre todo, humana.

Uno de esos líderes poco comunes, recientemente fallecido, lo expresó con una claridad que no pierde vigencia. José Mujica advertía: «Veo demasiada gente desesperada, y sobre todo gente madura, por la multiplicación y la acumulación de la plata, como si fueran a acumular vida o se la van a llevar en el cajón». La reflexión no es ajena a nuestra realidad: cuando el afán de acumular desplaza los principios, el riesgo de desvío se vuelve inevitable.

La ética del Ministerio Público no se mide por el ruido de lo excepcional, sino por la consistencia de lo cotidiano: en cada expediente bien trabajado, en cada decisión adoptada con criterio, en cada actuación que respeta la ley incluso cuando no hay cámaras. Ahí reside su verdadera dimensión.

Investigar cuando corresponda, sancionar si procede y depurar lo necesario, pero sin extender la condena a todos por igual.

Quisiera terminar con la reflexión hecha por el autor Juan Pablo Nieto Mengotti, en su libro   «Elogio de los abogados escrito por un fiscal»: «Solo quien haya sido servidor público conoce la tranquilidad de conciencia del fiscal cuando termina un caso. Ya lo ha hecho todo, ha cumplido. El fiscal recoge sus cosas al terminar el juicio y vuelve a la fiscalía. Si se cruza con un compañero, este pregunta cómo ha ido; se le contesta que bien y un rápido comentario sobre alguna circunstancia periférica, poco más; deja su toga en un armario, apaga el ordenador y se va a casa. Al salir a la calle, todo está claro y la mínima brisa en el rostro es un gran placer. Se nota el cansancio muscular en los órganos donde reside el pensamiento, pero también una gran descarga de energía. Esto se llama tener la conciencia tranquila.» Y aunque no aparezca en los titulares, ese es el rostro del Ministerio Público en la República Dominicana.