Ley Orgánica del Ministerio Público, No. 133-11.
CONSIDERANDO PRIMERO: Que la Constitución proclamada el 26 de enero de 2010, define de forma precisa la misión institucional del Ministerio Público como un órgano del sistema de justicia, le dota de y autonomía funcional, administrativa y presupuestaria, reconoce sus principios básicos de actuación; CONSIDERANDO SEGUNDO: Que el artículo 173 de la Constitución dispone que el Ministerio Público se organiza conforme a la ley, que regula su inamovilidad, régimen disciplinario, su escuela de formación y sus órganos de gobierno, por lo que es necesario adoptar una Ley Orgánica que regule integralmente la organización y funcionamiento del Ministerio Público; CONSIDERANDO TERCERO: Que la Constitución permite al Ministerio Público dotarse de una estructura organizativa propia, conforme a la ley, para que puedan cumplir de forma eficiente, ágil y transparente con sus atribuciones constitucionales; CONSIDERANDO CUARTO: Que la Constitución establece un sistema de carrera para garantizar la p...