Ocupar el cargo de fiscal no es un concurso de belleza Por: Jonathan Baró Gutiérrez Procurador general de Corte de Apelación Cuando una persona decide ingresar al Ministerio Público, pocas veces imagina cómo esa decisión terminará transformando cada aspecto de su vida. Al principio, todo parece girar alrededor del derecho, la investigación criminal, los tribunales y la vocación de servicio. Con el paso de los años se descubre que ocupar el cargo de fiscal es mucho más que ejercer una profesión. Es asumir una forma de vida que inevitablemente termina ocupando espacios que antes pertenecían a la familia, a los amigos, al descanso y, en ocasiones, a la propia salud. Después de casi dos décadas en el Ministerio Público, he conocido fiscales extraordinarios. Hombres y mujeres que han dedicado buena parte de su vida a perseguir el delito, proteger víctimas y defender el interés público. He visto colegas dedicar noches enteras a investigaciones complejas, acudir a escenas traumáti...
Entradas
- Obtener enlace
- X
- Correo electrónico
- Otras aplicaciones
No somos todos Cuando la conducta individual no puede convertirse en condena colectiva Por Jonathan Baró Gutiérrez Miembro del Ministerio Público En los últimos días, el debate público ha vuelto a colocarse sobre una línea conocida: la tendencia a convertir un hecho individual en una conclusión colectiva. Basta una conducta reprochable para que la sospecha se extienda sin matices y termine alcanzando a toda una institución. Ese reflejo, comprensible en lo emocional, resulta profundamente injusto. El Ministerio Público no es una entelequia ni un bloque uniforme; está integrado por más de mil servidores públicos que, cada día, sostienen la tarea de investigar, acusar y proteger víctimas con responsabilidad. Más de mil trayectorias distintas, más de mil historias que rara vez encuentran espacio en los titulares. Y, sin embargo, cuando uno falla, pareciera que todos quedan bajo el mismo juicio. Sostenerlo no implica indulgencia. Quien incurra en un delito o en una falta di...
Ley No. 17-19 sobre la Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados. G. O. No. 10934 del 28 de febrero de 2019.
- Obtener enlace
- X
- Correo electrónico
- Otras aplicaciones
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Ley No. 17- 19 CONSIDERANDO PRIMERO: Que el negocio del tráfico ilícito se trata de un fenómeno complejo que incluye pluralidad de jurisdicciones, actividades y delitos subyacentes y de agentes implicados que continúa evolucionando debido al difícil control en las fronteras y al empleo de tecnologías modernas y representa una serie de amenazas interrelacionadas para la sociedad en su conjunto. CONSIDERANDO SEGUNDO: Que el comercio ilícito impacta negativamente la capacidad recaudatoria de los Estados debido al contrabando y la evasión fiscal. CONSIDERANDO TERCERO: Que el comercio ilícito distorsiona la dinámica del mercado al obligar a las industrias que cumplen con sus obligaciones legales y tributarias a competir en condiciones inequitativas contra importadores y comercializadores que evaden el pago de los impuestos, afectando la sostenibilidad de la ...